El Gobierno prepara un nuevo decreto que introduce cambios en la fórmula para devolver a la Seguridad Social las prestaciones indebidas. Se podrá fraccionar el pago en cinco años, con un mínimo de 100 euros al mes.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha elevado a audiencia e información pública un nuevo real decreto que modifica el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, introduciendo diferentes cambios que afectarán a los autónomos desde su aprobación en Consejo de Ministros y publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Como cuestión principal, se introduce la moratoria de cinco meses -que ya avanzó este diario- en la obligación que determinados autónomos, como los societarios o los colaboradores, tienen de aportar de nuevo ciertos datos a la Tesorería, un asunto polémico porque, según vienen denunciando los gestores y graduados sociales, se trata de información que en muchos casos la Seguridad Social ya tiene.

Además, el real decreto introduce otras novedades que afectan tanto a autónomos como a asalariados, como el fraccionamiento de la devolución de las prestaciones indebidas que hayan cobrado de la Tesorería, que se extenderá a todos los autónomos, eliminando el factor de discrecionalidad, y permitirá dividir su abono en hasta cinco años, con un importe mínimo de 100 euros por plazo.

Por último, el proyecto también hace referencia al proceso de subastas cuando un autónomo es embargado, introduciendo una segunda en el caso de que quede desierta; y establece el marco normativo de la cuota de solidaridad que los negocios con asalariados que cobren por encima de la base máxima deberán pagar a partir del 1 de enero de 2025.

Todos los autónomos podrán fraccionar la devolución de sus prestaciones indebidas a la Seguridad Social

La segunda novedad que introducirá el decreto ley que prepara el Gobierno tiene que ver con la devolución de prestaciones indebidas a la Seguridad Social cuando se demuestre que un autónomo no cumplió con las condiciones necesarias para percibir, por ejemplo, el cese de actividad o el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

A partir de ahora, todos los autónomos sin excepción podrán fraccionar esta devolución en plazos mensuales, con una cantidad mínima de 100 euros y en hasta cinco años. “Este plazo ya estaba establecido, pero la cantidad mínima no estaba fijada. Se trata de una cuantía de seguridad, para que se establezca una cierta certeza de que se está devolviendo”, explicó a este diario Daniel Blas.

Según relató el graduado social, la eliminación del factor de discrecionalidad es un importante avance para los autónomos que tengan que devolver una prestación de la Seguridad Social. “Anteriormente, una administración podía decir que no lo entendían como un importe fraccionable. Ahora, es una garantía para todos”, explicó.

Así, la Tesorería sólo podrá revocar este derecho a fraccionar el pago “únicamente cuando se produzca la falta de ingreso del importe correspondiente -un mínimo de 100 euros- a tres de los plazos de fraccionamiento concedidos, en lugar de cuando concurra la falta de pago de uno solo de los plazos, conforme establece la regulación vigente”, establece el proyecto de real decreto.

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