Publicada la nueva Ley de Protección de Datos

El pasado día 6 de diciembre y coincidiendo con el 40 aniversario de la Constitución Española, el BOE publicó la nueva Ley de Protección de Datos, ya adaptada al Reglamento de la Unión Europea.

Es muy recomendable que tanto trabajadores autónomos, como sociedades mercantiles, asociaciones y todo tipo de entidades, se pongan en contacto con la Empresa que lleve su  protección de datos, para comprobar que lo tienen todo al día y está adaptado a las nuevas normas.

Objetivo de la LOPD GDD 2019

Con ambas normativas en funcionamiento pretende darse cobertura a la nueva realidad en la que Internet es el vehículo en el que se mueven con destreza, y de manera transfronteriza, los datos personales.

La legislación española establece claramente su objetivo: garantizar la protección de los datos personales de las personas físicas. Incluyendo mecanismos de seguridad para el tratamiento y la disposición de éstos.

Y, por ello, se aplica al tratamiento total o parcial, y automatizado (o no), de los datos personales.

Serán las comunidades autónomas las que ostenten la competencia de desarrollo normativo y ejecución del derecho a la protección de datos personales en su ámbito de actividad y a sus autoridades corresponde garantizar el derecho.

Principios de la LOPD GDD 2019

Los principios de protección de datos se establecen del siguiente modo:

  • Los datos tienen que ser exactos, por tanto, si fuera necesario, habrá que actualizarlos.
  • Se recoge el deber de confidencialidad tanto para el responsable del tratamiento de los datos, como para todo aquel que intervenga en el proceso.

Una obligación que se mantiene incluso cuando hubiese finalizado la relación del obligado con el responsable o encargado del tratamiento.

  • Es necesario el consentimiento expreso del titular de los datos para poder recabarlos y usarlos.

Por tanto, tiene que ser informado, de manera inequívoca, de para qué será usada su información.

  • El tratamiento de los datos personales de un menor sólo podrá fundarse en su consentimiento cuando sea mayor de 14 años.

Por tanto, si el afectado no llega a esta edad, solo será válido el cedido por el titular de su patria potestad o tutela, y con el alcance que determine el mismo.

  • El titular de los datos personales tiene derecho a saber quién es el responsable del tratamiento de su información, y debe tener acceso, de forma sencilla e inmediata, a él, que, además, debe informar sobre los medios disponibles para ejercer sus derechos.
  • Para evitar situaciones discriminatorias no se podrá tratar con datos cuya finalidad sea la de identificar la ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, creencias u origen racial o étnico, tan solo porque el afectado de su consentimiento.

Derechos de la LOPD GDD 2019

Para conocer los derechos de la persona sobre sus datos personales la legislación española remite a la normativa europea. En el RGPD se establecen:

  • Derecho a rectificar tus datos inexactos o incompletos.
  • Derecho de oposición al tratamiento de los datos.
  • Derecho a suprimir tus datos si se usan para fines ilícitos o llega a término la finalidad para la que fueron recabados.
  • Derecho a conocer para qué van a ser usados y el plazo de uso de los mismos.
  • Derecho a solicitar la suspensión del tratamiento de tus datos, la conservación y la portabilidad de los mismos.

Además, se incluye, la protección de los datos de personas fallecidas que pueden ser ejercidos por sus familiares o herederos para solicitar su rectificación o supresión. Y, en caso, de tratarse de menores, este derecho también puede ser ejercido por el Ministerio Fiscal.

El ejercicio de estos derechos podrá realizarse directamente o a través de representante legal o voluntario. Y el responsable del tratamiento de datos estará obligado a informar al afectado sobre los medios a su disposición para ejercer sus derechos.

Y se entenderá otorgado el derecho en el momento en el que el responsable facilite al solicitante un sistema de acceso a la información remoto, directo y seguro.

Fuente: Infoautónomos

Por |2018-12-10T13:00:37+01:00diciembre 10th, 2018|Asesoría de Empresas, Noticias|Sin comentarios

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