El Gobierno ha aprobado la renta o ingreso mínimo vital que se podrá pedir desde el 15 de junio.
El Gobierno ha aprobado en su Consejo de Ministros extraordinario la renta o ingreso mínimo vital (IMV). La prestación aspira a llegar a 850.000 familias en situación de pobreza extrema y su cuantía oscilará entre los 461,5 euros y los 1.015 euros, por hogar. La renta se podrá pedir desde el 15 de junio y se le dará de manera retroactiva -con efectos a 1 de junio- a todos los que la pidan antes del 15 de septiembre.
¿Qué es el ingreso mínimo vital?
El Ingreso Mínimo Vital es una renta básica dirigida a los hogares en una situación de «pobreza severa» y que corre a cargo de la Seguridad Social. En España hay 1,1 millones de hogares con todos sus miembros en paro, y casi 600.000 que no tienen ningún tipo de ingreso, según la Encuesta de Población Activa. Por lo que, la renta mínima vital está destinada a las familias más vulnerables que no dispongan de recursos.
¿Quién puede solicitar el ingreso mínimo vital?
Las personas que tienen derecho a solicitarla deben tener entre 23 y 65 años (o hasta los 18 años si es con hijos a cargo) y que tengan unas rentas que oscilen como máximo entre los 5.538 y los 12.184 euros. Para dicho cálculo, la Seguridad Social tendrá en cuenta los ingresos que anualmente percibe la persona que lo solicita y si esta tiene algún patrimonio, excluyendo la vivienda habitual y restando las deudas pendientes de pago. Para determinar los ingresos del solicitante, la Seguridad Social tendrá en cuenta los ingresos declarados en el año anterior o estableciendo una media de los meses del año presente, para no excluir a aquellos solicitantes que hayan perdido sus ingresos ante eventualidades como la actual pandemia.
Ingreso mínimo vital, ¿cuál es la cuantía?
La cuantía de la renta mínima oscila entre los 461,5 euros para un adulto y los 1.015 euros para hogares de cinco miembros dos adultos con tres hijos o tres adultos y dos niños. La cuantía inicial se amplía en 139 euros por persona adicional. En el caso de las familias monoparentales se les garantiza una renta de entre 700 y 977 euros, dependiendo del número de hijos. Estos hogares tienen un complemento de 100 euros.
¿Puedo trabajar y cobrar la renta mínima?
Sí, el empleo es compatible con el ingreso mínimo vital durante un tiempo, pero el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social aún no ha detallado los plazos. Pablo Iglesias ha especificado que la prestación no disminuirá en la misma cuantía que el salario para no desincentivar la inserción laboral y evitar la «trampa de la pobreza» (elegir entre aceptar un empleo o cobrar una prestación). La ayuda va ligada a la búsqueda activa de trabajo.
¿Cómo se cobrará el ingreso mínimo vital?
El cobro se abonará de forma mensual en 12 pagas mediante una transferencia bancaria. Todas las solicitudes que se cursen desde el 15 de junio hasta el 15 de septiembre se cobrarán con carácter retroactivo desde el 1 de junio.
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