Se acerca el final de año y queda poco tiempo para poder rebajar nuestra factura final de cara a la declaración de IRPF que deberemos presentar en 2019 y referente a 2018. Por eso y acontinuación, exponemos algunas de las acciones que podemos llevar a cabo para reducir al máximo posible lo que debamos pagar en dicha declaración o incluso provocar una devolución.

PLANES DE PENSIONES, VIVIENDA HABITUAL, MAYORES DE 65 AÑOS, DONACIONES

Si tiene plan de pensiones o pensaba contratar uno, debe conocer que estos productos tienen ventajas fiscal en la base general del impuesto, y que a modo de ejemplo, invertir unos 6.305 euros de media para alcanzar el límite de estas aportaciones, garantiza un ahorro fiscal adicional de unos 1.513 euros de media, variando este ahorro adicional según los ingresos y la comunidad autónoma de residencia.

Por otro lado, aquellos que compraron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013, seguirán disfrutando de su derecho a la desgravación, siempre y cuando hayan tenido deducciones por dicha vivienda en 2012 o años anteriores.

Reinvertir en vivienda habitual. Si ha vendido su vivienda habitual y reinvierte todo o parte de lo obtenido, en la compra de una nueva vivienda, dicha cantidad quedará exenta de tributación.

En cuanto a los mayores de 65 años, recuerde que están exentas las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual por estos contribuyentes o por personas dependientes severos o de grandes dependientes.

También las ganancias obtenidas por los mayores de 65 años por la venta de cualquier bien están exentas de tributación, siempre y cuando el importe total, hasta un límite máximo de 240.000 euros, se destine a constituir una renta vitalicia asegurada en un plazo de seis meses.

Igualmente tendrán beneficios fiscales, los declarantes que donen a ONGs, fundaciones o cualquier entidad acogida a la Ley estatal o foral de incentivos al mecenazgo.

Así, en el ámbito estatal, el contribuyente podrá desgravarse un 75% de los primeros 150 euros donados y un 30% del resto de sus aportaciones, que aumenta al 35% si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido en cada uno de los tres últimos años. Además, están exentas las ganancias patrimoniales generadas si se donan bienes.

Las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos pueden reportar al contribuyente algún beneficio adicional también, ya que suponen una deducción del 20% (en Navarra es del 15%), limitada a un máximo de 600 euros. Por su parte, avisa de que con los planes de ahorro «nada es lo que parece».