Los trabajadores autónomos pueden deducirse dietas. Aunque, dependiendo de cómo procedan estos autónomos, pueden encontrarse con trabajas por parte de Hacienda, que exija justificar en profundidad el intento de decucción.

Los autónomos tienen derecho a deducir dietas. Sin embargo, en función de cómo procedamos, podemos despertar el interés de Hacienda, con el consiguiente requerimiento para justificación de dichos gastos, siempre en base a sus criterios.

Por ejemplo, se puede dar el caso de que aunque tu labor se desarrolle en ciertas circunstancias que vamos a describir, el gasto en dietas no sea válido para la Agencia Tributaria. Básicamente, son dos los aspectos que generan más dudas entre autónomos. La distancia de desplazamiento y el día en que se realiza el gasto.

Si atendemos a la norma, es obligatorio que dicho desplazamiento sea a otra localidad, para imputarlo como tal.

Del mismo modo, vas a necesitar justificar perfectamente la necesidad de ciertos desplazamientos y gastos si trabajas en festivos. Estos días no están permitidos.

Fuera de la localidad

La normativa establece que los autónomos pueden deducirse 26,67 euros al día en gastos de desplazamiento y dietas en el impuesto sobre la renta. En el caso de que el autónomo esté en el extranjero, la deducción de dicho importe puede llegar a los 48 euros diarios.

Pero, para hacerlo sin despertar el interés de Hacienda, los gastos deben realizarse según una serie de circunstancias concretas:

– Pago de forma telemática (tarjeta bancaria, transferencia, Buzum, etc.

– El gasto debe producirse en restaurantes y hoteles.

– Hay quqe tener y contabilizar la factura referente al gasto.

– Para que el gasto sea deducible, el autónomo debe desplazarse fuera de la localidad donde desarrolle la actividad.

Hacienda vigila especialmente este tipo de cuestiones. Se recuerda que la «Agencia Tributaria ya ha expresado la especial vigilancia que pondrá para controlar estos gastos, en concreto cuando las comidas de produzcan en la misma localidad de residencia del autónomo».

Días festivos

Del mismo modo, existe un requisito añadido. Si eres un autónomo que ha tenido que desplazarse en festivo por causas laborales, es posible que te encuentres con la imposibilidad de deducir tu gasto. Esto se debe a que la norma marca como requisito que el gasto no puede tener lugar en días festivos. Para cumplir a rajatabla con la normativa (en caso de que tu intención sea deducir gastos por dietas por esta vía) deberías volver a casa durante el fin de semana, aunque tu trabajo dure varios días. Para poder volver a desplazarte en un día laborable. Siempre, insistimos, si seguimos el criterio expuesto en dicha redacción legal.