En el artículo 7 del Real Decreto-ley 21/2020, dentro del capítulo II que lleva por título Medidas de prevención e higiene, y en relación con los centros de trabajo, se establece la siguiente regulación:

«Sin perjuicio del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y del resto de la normativa laboral que resulte de aplicación, el titular de la actividad económica o, en su caso, el director de los centros y entidades deberá:

a) Adoptar medidas de ventilación, limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros de trabajo, con arreglo a los protocolos que se establezcan en cada caso.

b) Poner a disposición de los trabajadores agua y jabón, o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida, autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos.

c) Adaptar las condiciones de trabajo, incluida la ordenación de los puestos de trabajo y la organización de los turnos, así como el uso de los lugares comunes de forma que se garantice el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 entre los trabajadores. Cuando ello no sea posible, deberá proporcionarse a los trabajadores equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.

d) Adoptar medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto trabajadores como clientes o usuarios, en los centros de trabajo durante las franjas horarias de previsible mayor afluencia.

e) Adoptar medidas para la reincorporación progresiva de forma presencial a los puestos de trabajo y la potenciación del uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible»

  • La Inspección de la Seguridad Social a enviará a sus inspectores a las empresas para:
  1. Vigilar el cumplimiento de las medidas en las empresas y centros de trabajo
  2. Exigir el cumplimiento de las mismas mediante requerimiento.
  3. Extender actas de infracción en los casos de incumplimiento.

Por todo lo anterior, es de gran importancia que el empresario cumpla y haga cumplir los puntos a, b, c, d y e anteriores, pues de no ser así, se podría enfrentar al pago de sanciones.