• Tener dinero en casa no es ilegal, pero hay que demostrar su origen
  • Para ello, habrá que declararlo ante la Agencia Tributaria en la Renta

La pandemia de coronavirus trajo consigo un empujón al uso del pago digital para evitar contactos innecesarios y peligros extra de transmisión de la enfermedad, pero lo cierto es que no pocas personas siguen pagando en efectivo e incluso guardando este dinero en su domicilio. Algo que se conoce como ‘guardar el dinero el colchón’ y que puede conllevar alguna que otra responsabilidad.

Lo primero que debe saber el ciudadano es que en ningún caso es ilegal tener dinero en casa, tampoco obliga al pago de mayores impuestos, pero siempre se ha de cumplir una condición: poder demostrar la procedencia de esas cantidades y declararlas ante Hacienda de la forma correcta.

También se debe ser consciente de que la Agencia Tributaria está al tanto de todos los ingresos o retiradas de dinero de cierta cantidad: en concreto, tiene constancia de aquellos movimientos que impliquen el uso de billetes de 500 euros o los ingresos en cuenta por cantidades de 3.000 euros o más.

Le corresponde a los bancos en que tengan lugar esos movimientos comunicárselos a Hacienda. El organismo, con la información en su poder, es el encargado de no actuar o, por el contrario, iniciar una investigación. Todo depende de si la Agencia Tributaria percibe alguna sospecha en cuanto al origen del dinero pero, en todos los casos, es consciente e informada de la operación.

Así, en todos aquellos movimientos de billetes de 500 euros que salgan de la cuenta del ciudadano para ser depositados en su domicilio, así como los reingresos de dinero almacenado en casa por encima de 3.000 euros, la Agencia Tributaria está informada.

Esta es la razón por la cual el contribuyente está obligado a declarar de forma correcta el dinero y la procedencia del mismo. Lo hará en la declaración de la Renta y de acuerdo con su origen: rendimientos del trabajo (si el trabajador retira el dinero de su nómina, por ejemplo), rendimientos de actividades económicas, rendimientos de capital inmobiliario, rendimientos de capital mobiliario…

Así es el cerco del Gobierno a los pagos en efectivo

En los últimos meses el Gobierno ha estrechado el cerco a los comportamientos defraudatorios que en ocasiones se vinculan al dinero en efectivo. En ese contexto sacó adelante después de meses de negociación y tramitación parlamentaria la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal por la que se redujeron los límites de pago en efectivo.

Así, todas las operaciones entre nacionales de los cuales al menos una parte fuese empresario o profesional no podrán hacerse en efectivo por más de 1.000 euros (10.000 euros si se cobra de un ciudadano extranjero). De incumplir la ley, la multa puede ser de hasta un 25% de la cantidad que ha supuesto la infracción, tal y como informa el Banco de España.

En el preámbulo de la Ley 11//2021, se afirma que «la utilización de medios de pago en efectivo en las operaciones económicas facilita notablemente los comportamientos defraudatorios, en sus distintas manifestaciones», algo en lo que ya había redundado el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia mandado a la Comisión Europea, que aseguraba que el objetivo de esta reducción del límite de pago en efectivo se hacía con la intención de garantizar «la trazabilidad del dinero».

Todas estas declaraciones de intenciones vienen, en definitiva, a corroborar lo que ya anunció la Agencia Tributaria a comienzos de 2021 cuando publicó su Plan General de Control Tributario y Aduanero, en el que puso el foco sobre los «sectores y modelos de negocio en los que los niveles de economía sumergida puedan generar una especial percepción social» por el uso de efectivo en cantidades superiores a las establecidas por la ley.

Dentro de estos sectores se destacan algunos muy vinculados al uso de dinero en efectivo, como la hostelería, el comercio, la construcción, actividades inmobiliarias o el sector de las reformas, por ejemplo, según informó el portal especializado Autónomos y Emprendedores.